Cinco años de ejercicio en un servicio de
urgencias y un informe de la comisión nacional que acredite la competencia
profesional podrían bastar para que un médico solicite el acceso directo al
título oficial de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias. Ésta es
una de las vías extraordinarias de acceso a la futura especialidad que prevé el
borrador de real decreto que Sanidad presentó a las comunidades autónomas en la
última Comisión Técnica Delegada de la Comisión de Recursos Humanos (
ver
DM del 15-I-2008).
La norma especifica que Urgencias y Emergencias se
configurará como una especialidad médica con un periodo, no inferior a dos años,
de formación troncal común con las especialidades que se determine, y otro de
formación específica "que se adecuará a las previsiones del futuro programa
oficial". El proyecto docente que la Sociedad Española de Medicina de Urgencias
y Emergencias (
Semes) y la Sociedad de
Médicos de Atención Primaria (
Semergen) presentaron en su día
proponía que la segunda parte del posgrado durase dos, o en el mejor de los
casos, tres años (
ver
DM del 7-VII-2006).
Varías vías transitoriasPara
los urgenciólogos que ya ejercen en el SNS, el ministerio prevé varias vías
transitorias de acceso al título. La primera, y más favorable para ellos, es
limitarse a acreditar esos cinco años de experiencia, dentro de los ocho
anteriores a la entrada en vigor del real decreto.
Las solicitudes serán
examinadas luego por la comisión nacional de la especialidad, que se constituirá
en el plazo de tres meses desde la aprobación de la norma.
Si la comisión
considera que el candidato es "competente para el ejercicio eficiente de la
especialidad", le otorgará la titulación sin más. Si, por el contrario, cree que
esa experiencia no es suficiente, el aspirante deberá seguir un programa
formativo complementario (de tres meses de duración y no retribuido) o superar
un examen que será fijado por la Secretaría de Estado de Universidades. En el
peor de los casos, si la comisión cree que las deficiencias del aspirante no se
pueden subsanar con el programa formativo o con esa prueba objetiva,
desestimaría la solicitud.
Además, las comunidades autónomas adoptarán "las
medidas necesarias para la reconversión progresiva de las plantillas de los
servicios de urgencia y la definición de los puestos de trabajo que deben ser
desempeñados por quienes ostenten el título de
especialista".